Sea cual sea su dimensión, toda empresa tiene el deseo de crecer y evolucionar. En el actual entorno empresarial caracterizado por la globalización, la digitalización, la invariable del cambio y la fuerte competitividad, es lógico que muchas compañías tengan interés por traducir esa voluntad de desarrollo en un crecimiento hacia el exterior. En el caso de muchas empresas españolas, en momentos de crisis en el territorio español han visto en otros mercados grandes oportunidades para salir adelante, lo que se ha traducido en un aumento de la constitución de filiales en el extranjero en los últimos años.
La internacionalización empresarial ofrece importantes ventajas, pero su ejercicio también supone salir de la ”zona de confort” y hacer frente a riesgos inevitables. Así, recrear el éxito de un negocio en el exterior puede ser más complicado de lo que parece a priori. No son pocos los obstáculos y las dificultades que una empresa puede encontrarse a la hora de embarcarse en su aventura internacional. No obstante, la mayoría son previsibles y evitables, si existe un trabajo previo bien hecho, asesorado por expertos en la internacionalización de los negocios y con conocimiento de las particularidades legales de cada mercado.
En Lleytons sabemos que las claves del éxito de entrada en un mercado exterior se encuentran en el cuidado de los detalles. Gracias a la presencia global de la firma, nuestro equipo de abogados internacionales especializados en multitud de sectores y con una amplia experiencia en la constitución de sociedades y filiales, son capaces de asesorar a nuestros clientes en cualquier parte del mundo.
Acompañamos a su empresa en el acceso a los mercados internacionales mediante el diseño de una estrategia de internacionalización teniendo en cuenta la dimensión de su compañía y los objetivos a alcanzar. Al mismo tiempo, asesoramos a aquellas empresas extranjeras que deseen acceder y establecerse en el mercado español, asistiendo a nuestros clientes en los procedimientos relativos a la constitución de sociedades y filiales en España.
Aunque existen otras fórmulas jurídicas para establecerse en un determinado país (joint ventures, representación/agencia comercial, sucursales, etc.), una de las opciones más comunes para dar el paso a la internacionalización de la empresa es la de constituir una filial en el país elegido para desarrollar la actividad más allá de las fronteras nacionales. No debemos confundir una sociedad filial con una sucursal, pues existe una gran diferencia: la falta de personalidad jurídica de esta última, y la consiguiente responsabilidad personal, directa e ilimitada de la sociedad matriz por los actos de la sucursal, que no existe en el caso de actuación a través de una sociedad filial.
Así, una filial es una sociedad mercantil de nacionalidad local, creada con aportación de capital por parte de la empresa matriz según las normas del estado donde se constituye. Tiene una verdadera autonomía jurídica, actuando en su propio nombre y por su cuenta y riesgo, aunque controlada mayoritariamente por su matriz a nivel estratégico, especialmente en lo que respecta a las inversiones y la política comercial.
Fiscalmente, la sociedad filial tributa en el Estado de residencia por sus beneficios íntegros, al tipo general de gravamen de las sociedades residentes. Por otro lado, las filiales establecidas en España están sujetas a la misma regulación que el resto de las entidades mercantiles. Son sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades y deben atenerse a las obligaciones contables y fiscales vigentes. También tienen la obligación de presentar cuentas en el Registro Mercantil.
Desde el punto de vista internacional, la creación de una filial tiene varias ventajas, tales como:
Cada Estado tiene sus diferentes tipos societarios, por lo que deberá analizarse detalladamente en cada caso qué figura societaria se adecuará a las necesidades específicas de la inversión proyectada. Para ello es fundamental contar con asesores expertos, con conocimiento del mercado y de la normativa del Estado concreto en el que la empresa planea establecerse.
En general, además de la obtención de los correspondientes certificados y las autorizaciones de las distintas administraciones implicadas, el proceso de constitución incluye, entre otros, los siguientes trámites:
Sin embargo, la apertura de la actividad al ámbito internacional implica para las empresas la inevitable confrontación con realidades económicas desconocidas y con sistemas jurídicos diferentes al propio. A la hora de constituir una filial en el extranjero serán de aplicación los ordenamientos jurídicos del país en el que la empresa vaya a operar. Por tanto, será necesario anticipar el impacto de la confrontación no solo entre las distintas normativas, la propia y la del país extranjero, sino también entre los distintos mercados y costumbres comerciales.
Para ello, desde Lleytons asesoramos a nuestros clientes que buscan la internacionalización de sus empresas en España y en cualquier parte del mundo mediante la realización de análisis previos y la planificación de la mejor estrategia de actuación para establecer la estructura internacional de la compañía y la posterior gestión y control de sus filiales.
En Lleytons ofrecemos una asistencia jurídica estratégica, completa y flexible para la internacionalización de empresas tanto nacionales como internacionales, a través de la preparación y constitución de filiales y otras fórmulas jurídicas en España y en cualquier lugar del mundo. Nuestro carácter multicultural y multidisciplinar nos permite asesorar a empresas de distintas nacionalidades, de diversas dimensiones y de una gran variedad de sectores.
Acompañamos a nuestros clientes desde el comienzo de su negocio, entendiendo sus necesidades y preocupaciones tanto en la constitución de la empresa en el extranjero como durante el día a día de su actividad comercial. Además, nuestros abogados especializados en el área de derecho internacional y derecho mercantil se encargan de asistir a nuestros clientes extranjeros llevando a cabo todos los trámites de su proceso de internacionalización o inversión en España, incluido, entre otros, el procedimiento de obtención de la Golden Visa.*
*La Golden Visa española (o "Property Visa") concede la residencia automática en España cuando se adquiere una inversión inmobiliaria de 500.000 euros o más. Puede tratarse de cualquier tipo de propiedad: vivienda, local comercial, terreno o una combinación de propiedades. A diferencia del visado de patrimonio, la Golden Visa no requiere permanecer en España 183 días al año. Es decir, sujeta a determinados requisitos, esta fórmula permite acceder a los beneficios de un permiso de residencia a cambio de una inversión económica.
Entre los SERVICIOS CLAVES que ofrecemos especialmente en el campo de la gestión de filiales y sociedades internacionales, se encuentran la planificación jurídica y fiscal y optimización de la estructura; la obtención de Números de Identificación de Extranjeros [N.I.E.] para los representantes extranjeros; la creación de la empresa; la representación legal; la gestión fiscal y convenios de doble imposición; el servicio jurídico de la empresa; etc.
La amplitud de nuestros conocimientos y experiencia nos permite detectar las posibles dificultades antes de que se conviertan en problemas y desarrollar pro-activamente soluciones que ayuden a los clientes a evitar cualquier imprevisto. Seleccionamos las herramientas de gestión adecuadas para coordinar estrategias integrales que se adapten a las jurisdicciones locales competentes, minimizando los costes, gracias a la presencia mundial de la firma a través de nuestras oficinas repartidas en países a lo ancho del globo.
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