Crowdfunding

Una vía alternativa para la financiación de las empresas

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En 2016, se recaudaron 7.7 mil millones de euros por el medio del «crowdfunding» en Europa. Sin embargo, nuestra región sigue siendo la más atrasada en materia de financiación participativa, pero esta herramienta de financiación se va desarrollando cada vez más. En España, el dinero recaudado mediante el crowdfunding ha experimentado un aumento de más de un 115% entre 2015 y 2016.

En países de nuestra área geográfica como Francia, esta vía de financiación ya está más desarrollada pero no obstante experimentó un incremento no baladí de un 44% entre 2016 y 2017. En el caso de Italia, se han captado fondos por un total de € 133.197.153,17 hasta el momento, habiéndose financiado más de 15.915 proyectos. En el pasado año 2017 en Italia se captaron fondos por un total de € 41.406.243,66, lo que supuso un incremento del + 45% respecto a 2016.

Como vía alternativa a la obtención de financiación a través de entidades clásicas como los bancos, el crowdfunding puede aportar ventajas significativas en particular a las pequeñas y medianas empresas, las cuales pueden financiar proyectos que no gozan de la confianza de las entidades de crédito.

I

El crowdfunding: ¿qué es?

El crowdfunding, o financiación en masa, consiste en la creación de un entorno electrónico para la agrupación de recursos y de fondos así como para la interacción en redes dirigidas a apoyar conjuntamente proyectos e iniciativas de individuos, organizaciones o empresas. Básicamente, una empresa puede plantear su proyecto en una plataforma de financiación colectiva, para solicitar de sus usuarios o inversores interesados que aporten fondos. Esta forma de financiación, de manera colectiva, no es nueva, pero ha conocido un nuevo auge tras la crisis económica, por la desconfianza que se generalizó en las entidades financieras clásicas, por un lado, y por otro lado, por el desarrollo tecnológico. En efecto, el crowdfunding se basa mucho en las redes sociales para dar visibilidad a los proyectos a financiar, y en los modelos de las plataformas P2P (persona a persona).

Por tanto, el crowdfunding es una relación triangular. De un lado interviene el promotor del proyecto, que es la persona o entidad que solicita la financiación. Por otra parte, están los aportantes o inversores según les denomina la normativa. Son los usuarios interesados en apoyar a los proyectos, aportando sus recursos financieros. En la práctica, aunque la aportación de fondos esté abierta tanto a las personas físicas como jurídicas, se observa una participación preferente de las primeras. En último lugar, para permitir la vinculación entre la persona o entidad necesitada de inversión para su proyecto y sus usuarios o potenciales inversores, interviene el gestor de la plataforma de crowdfunding.

II

Tipos de crowdfunding

El crowdfunding es una alternativa de financiación muy variada, pudiendo concretarse de diversas formas. En España, está más difundido el crowdlending, o sea, la participación mediante préstamos. El usuario aporta dinero, y el promotor se le devolverá, en general con un tipo de interés previsto (habitualmente más bajo que lo que podría conseguir en un banco). También existe la modalidad de crowdlending sin intereses, pero es menos difundida. Por otra parte, también están los crowdfunding mediante participación societaria: en este caso, los usuarios aportan dinero, y en contrapartida recibirán acciones u obligaciones emitidas por la empresa promotora. Estos dos tipos de crowdfunding son los que se utilizan la gran mayoría de las empresas y emprendedores.

Por otra parte, también existen otras dos modalidades de crowdfunding que cabe mencionar para tener una idea global del fenómeno. La primera de ellas puede concretarse por medio de donaciones y es un tipo de financiación que se utiliza para proyectos sin ánimo de lucro, especialmente por Organizaciones No Gubernamentales (ONG). En segundo lugar, está el crowdfunding por recompensa: al final del proyecto, el usuario que aportó sus fondos recibirá una recompensa. Ésta puede estar relacionada directamente con el proyecto, a modo de una contraprestación anticipada sobre el futuro bien o servicio, estar desvinculada del mismo, o incluso ser meramente simbólico (como dar las gracias públicamente).

De entre todas las relaciones jurídicas que subyacen en tono al crowdfunding, se desprenden dos que configuran los aspectos esenciales de la misma. De un lado, se encuentra el gestor de la plataforma que propone un contrato de acceso a dicha plataforma; y del otro está la relación surgida entre el promotor y el inversor, que se vehicula a través de diferentes tipologías contractuales, ya sea mediante un contrato de donación, de préstamo, de compraventa con pago anticipado, o de participación societaria.

Before you even start building your crowdfunding page, Start building a crowd first.

- ROY MOREJON of Command Partners

III

Reconocimiento en las legislaciones

El crowdfunding, como medio de financiación nuevo, ha sido objeto de una regulación estatal progresiva, especialmente en sus formas de préstamo y de participación societaria, dado que son dos sectores que están sujetos a regulaciones muy estrictas. El propósito del legislador con la regulación de este fenómeno consiste en evitar los riesgos derivados de esta práctica financiera, así como en fomentar la transparencia y la protección de los usuarios-consumidores.

a) El caso de Italia

Así en Europa, Italia ha sido el primer país en adoptar normas dirigidas, directa o indirectamente, a la regulación del crowdfunding, en particular, en lo que se refiere al equity crowdfunding. En el ordenamiento italiano, ha sido el Decreto Legge 18 ottobre 2012, n. 179, sobre medidas urgentes para crecimiento del país (convertido en ley con la Ley 221/2012 – denominada “Decreto Crescita 2.0” – ) sobre la que crea el marco para la regulación de determinados portales que facilitan la captación de fondos por las denominadas “start up innovadoras”. Pues bien, se trata de reconocer la posibilidad de captar fondos del público a través de plataformas electrónicas (“portali per la raccolta di capitali per le start up innovative”).

Para garantizar la protección de los intereses en juego, la CONSOB (Commissione Nazionale per le Societá e la Borsa, organismo similar a la nuestra CNMV) emite un Reglamento sobre la captación de capitales de riesgo mediante de plataformas electrónicas, en el que determina los requisitos necesarios para la inscripción de estos portales en un registro al efecto, las normas de conducta de los gestores, las obligaciones de información, los requisitos de honorabilidad de quienes se encargan de la administración, control o dirección, y de las condiciones de las ofertas tramitadas a través de las plataformas.

b) El caso de Francia

Más tarde, en 2014, Francia reguló a su vez la financiación participativa. Creó dos nuevas categorías de figuras jurídicas en su Código Monetario y Financiero: por un lado los asesores en financiación participativa, para los crowdfunding que se realicen mediante préstamos remunerados y participaciones societarias; y por otro lado, los intermediarios en financiación participativa, para los crowdfunding que consistan en préstamos no remunerados y donaciones. En ambos casos, deben inscribirse en el Registro Único de los Intermediarios, y tener un seguro de responsabilidad civil, y, en el caso de la primera categoría, debe incluso cumplir con más requisitos. Por ejemplo, los asesores en financiación participativa deberán adherirse a una asociación que supervise su actividad y cumplir especialmente con las obligaciones del secreto profesional, etc.

c) El caso de España

En España, se ha regulado la financiación participativa en la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial. Mientras que la legislación de Italia y de Francia son bastante escuetas, la de España está recogida en una ley bastante extensa. Sin embargo, dicha ley solamente se aplica a las plataformas de financiación colectiva a cambio de una remuneración dineraria. Excluye por tanto los crowdfunding en forma de donaciones, recompensas/compraventas, y préstamos no remunerados. De manera general, deben registrarse en la Comisión Nacional de los Mercados de Valores, y adicionalmente en el Banco de España para determinadas plataformas, así como suscribir un seguro de responsabilidad civil. La ley desarrolla requisitos adicionales, en particular respecto de las obligaciones de los sujetos en el marco de la relación (especialmente imponiendo límites a la inversión), los proyectos sometidos a financiación, la información aportada y publicada, y las normas de conductas de las empresas.

You have to be focused on the core product and what you are trying to bring to the market.

- ANDREW BELTRAN of Original Gain

IV

Conclusiones

El crowdfunding es una manera alternativa de financiación a la que pueden acudir las pequeñas empresas para desarrollarse o incluso iniciar su actividad, si no desean acudir a la financiación tradicional. Se adapta a las necesidades de cada empresa gracias a sus numerosas modalidades. Sin embargo, habrá que tener en cuenta las legislaciones aplicables según el tipo de plataforma de financiación, especialmente en materia de informaciones a aportar y requisitos de los sujetos participantes en la captación de los fondos, así como las reglas de participación, tanto de las plataformas electrónicas activas como por parte de los inversores y de las empresas que buscan captar capitales, además de los tipos y características de los proyectos sometidos a financiación. Más aun dado que es un tema que, por su novedad e importancia, está actualmente en las manos del legislador comunitario, quien está planteándose regular el crowdfunding por medio de un reglamento.

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