China abre sus puertas al arbitraje de prestigiosas instituciones extranjeras

La Zona de Libre Comercio Lin-gang de Shanghai permitirá que organismos arbitrales extranjeros puedan resolver conflictos internacionales en inglés

Más del autor
Comparte este artículo en RRSS
I

Introducción

Como adelantábamos en artículos anteriores, la necesidad de una resolución rápida y eficiente a las disputas surgidas en el ámbito del comercio internacional ha motivado que China este llevando a cabo numerosos esfuerzos por convertirse en el epicentro del arbitraje mundial, ofreciendo amplísimas posibilidades a los operados económicos globales de acudir a métodos alternativos de resoluciones de conflictos (Alternative Dispute Resolution o ADR, por sus siglas en inglés).

Prueba de ello, ha sido la entrada en vigor de un conjunto de Medidas Administrativas que permitirá que aquellas entidades arbitrales extranjeras que lo deseen puedan abrir sedes en la Zona de Libre Comercio de Lin-gang, perteneciente a la ciudad de Shanghai, para ofrecer sus servicios.

El gobierno municipal de Shanghai creó durante el verano de 2019, dicha Zona de Libre Comercio de Lin-gang (Lin-gang Free Trade Zone). Este proyecto se enmarca dentro del plan estratégico de China de favorecer el desarrollo económico de la región mediante la atracción de nuevos negocios e inversiones extranjeras.

II

Requisitos para las instituciones de arbitraje

Con la llegada del 2020, entra en vigor una nueva Orden de Medidas Administrativas publicadas por la Oficina Municipal de Justicia de Shanghai que permiten a las instituciones arbitrales extranjeras abrir sus propias delegaciones en la localidad de Lin-gang -perteneciente a Shanghai- con la finalidad de resolver controversias internacionales en materias civiles y comerciales surgidas en los campos del comercio internacional, marítimo y proyectos de inversión.

Estas nuevas medidas entraron en vigor el 1 de enero de 2020 y tendrán validez hasta el 31 de diciembre de 2022.

De conformidad con el artículo 3 de esta Orden de Medidas Administrativas únicamente tendrán la consideración de Instituciones Arbitrales Extranjeras aquellas entidades establecidas por organizaciones internacionales de las que China sea parte, así como aquellas instituciones extranjeras sin ánimo de lucro legalmente establecidas en sus países de origen.

Para poder abrir una oficina en esta zona de libre comercio, aquellas entidades que lo deseen deberán de reunir los siguientes requisitos:

  • Sera necesario que estén debidamente constituidas y establecidas en su país de origen y existan desde hace más de cinco años.
  • Lleven a cabo importantes operaciones de arbitraje en el extranjero y gocen de excelente reputación internacional.
  • El director de la institución no haya cometido ningún delito.
III

Materias objeto de arbitraje

Las nuevas oficinas podrán dirimir controversias únicamente relacionadas con el comercio internacional, comercio marítimo y proyectos de inversión internacional. Esto implica el aumento de las competencias de este tipo de instituciones en China que hasta la fecha se limitaban a atender consultas, asistir y organizar conferencias y participar en actividades de promoción.

No obstante, de conformidad con el artículo 18 de esta Ordende Medidas Administrativas, únicamente estas instituciones podrán prestar sus servicios respecto de aquellos arbitrajes con un componente internacional, no teniendo competencias para resolver arbitrajes domésticos, en los que no exista ningún punto de conexión con el extranjero.

Esta nueva normativa administrativa no exige que las empresas involucradas en la controversia esté domiciliada en la zona de Libre Comercio de Lin-gang. Para poder acceder a este sistema, únicamente deberá existir la cláusula de sometimiento a arbitraje, consistente en el mutuo acuerdo entre las partes de someter sus diferencias a un arbitraje gestionado por una institución extranjera que previamente haya abierto una delegación en esta zona.

IV

Obligaciones de las oficinas

Aquellas instituciones de arbitraje que decidan abrir en Lin-gang serán supervisadas por la Oficina Municipal de Justicia de Shanghai. Anualmente deberán presentar un informe en el que se detalle el número y tipo de operaciones que realizan, informe de auditoría, personal y dirección comercial de la oficina, cambio en la lista o paneles internacionales de árbitros recomendados, así como cualquier circunstancia bajo la cual sus laudos arbitrales sean revocados o no sean ejecutados o reconocidos por un tribunal.

De acuerdo con las previsiones de los impulsores de este nuevo proyecto, se estima que para el mes de marzo aproximadamente, ya estén operando en esta zona corporaciones extranjeras de resolución alternativa de conflictos.

V

Conclusiones

La consolidación de China como uno de los mercados más importantes y atractivos para el comercio mundial supone inevitablemente el aumento de las disputas comerciales con componente internacional. La posibilidad de solventar conflictos de manera rápida y eficiente inclina a las partes a acudir cada vez más a estos mecanismos alternativos de resolución de conflictos.

En Lleytons trabajamos para brindar asesoramiento legal a nuestros clientes garantizando la protección de sus inversiones e intereses en el exterior, especialmente en Asia, y en particular en China. El esfuerzo y la dedicación de una larga trayectoria de asesoramiento legal, que incluye la participación en arbitrajes ante algunas de las más prestigiosas cortes arbitrales chinas, nos ha permitido desarrollarconocimientos especializados y una experiencia consolidada, que repercute en seguridad y tranquilidad de nuestros clientes, para que se dediquen únicamente a hacer crecer su negocio o inversión.

Síguenos en
Linkedin

Síguenos en
Linkedin

¿Quieres estar al día de las últimas noticias del derecho internacional privado? Síguenos en Linkedin.